
En la reunión plenaria llevada a cabo sobre el mediodía, los legisladores avalaron en primer lugar la propuesta de Nelly Meana, Elbi Cides, Iván Lazzeri, Daniel Sartor y Adriana Gutiérrez, que busca establecer un mecanismo propio que, además de registrar a niños, niñas y adolescentes extraviados, también disponga el registro de personas adultas extraviadas o no identificadas.
Los autores proponen concentrar toda la información en una base de datos provincial que centralice los informes suministrados por los sujetos intervinientes, a fin de agilizar la labor en juzgados y organismos asistenciales. Asimismo, la aplicación de este mecanismo contribuye, entre objetivos más amplios, a instalar el tema en la opinión pública, a la vez que refuerza los mecanismos institucionales para continuar con esta ardua tarea.
En segundo término, se dio dictamen al proyecto que propone que sean inembargables, además de los bienes exceptuados en el artículo 219 de la ley provincial P nº 4.142 y de los determinados por otras leyes de la provincia, los bienes inmuebles de los partidos políticos con personería jurídica otorgada por la Provincia de Río Negro y que se encuentren debidamente reconocidos por el Tribunal Electoral Provincial, donde funcionen su sede partidaria provincial o local.
Además, la iniciativa impulsada por Daniel Sartor prevé que sean igualmente inembargables los bienes muebles —registrables o no— que se encuentren afectados o resulten indispensables para el cumplimiento de la finalidad de los partidos políticos, y los fondos depositados en la cuenta bancaria única de los partidos políticos, provenientes de aportes o franquicias estatales previstas en leyes nacionales o provinciales, para funcionamiento, impresión de boletas de sufragio o financiamiento de campañas electorales.
La inembargabilidad de los inmuebles donde funcionen la sede partidaria provincial o local de los partidos, debe ser inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble y sólo produce efectos a partir de la toma de razón de la misma por dicho organismo.
Fuente: Poder Legistativo
No hay comentarios:
Publicar un comentario